CANON DE LOS APOSTOLES
Reglas Apostólicas | ![]() |
Sòlo para el conocimiento personal (estas normas muchas ya no se aplican) pero es la traciciòn canònica màs antigua que hay por eso se le llama de los APÒSTOLES :
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1-BASE TEOLÓGICA PARA LAS LEYES DE
DERECHO CANÓNICO
Aunque generalmente se suele referir a él como Derecho Canónico (tal es el nombre dado al conjunto de leyes de
LEYES ECLESIÁSTICAS Y SECULARES
La aparente similitud entre las leyes canónicas y las seculares, a menudo conduce a algunos a debatir la integridad de lo antes mencionado. Aún sin esto, es evidente que hay una gran variedad de problemas que preocupan a
Contrariamente a lo que algunos creen,
EL PRINCIPAL OBJETIVO DE
Cuando Nuestro Señor confió el trabajo de
TRASFONDO HISTÓRICO
Nuestro Señor instituyó algunos elementos en tal orden, El predicó el Santo Evangelio de Salvación a sus contemporáneos, pero no asignó azarosamente la tarea de difusión de Su mensaje a cualquiera, sino que escogió para tal tarea a un grupo de hombres elegidos con divina atención y sabiduría: “Los Apóstoles”, quienes estaban claramente convencidos de
Con el esparcimiento de las Comunidades cristianas a lo largo y ancho del mundo mediterráneo, la organización inicial de
Esta organización, aunque rudimentaria en un comienzo, tuvo una clara existencia en el interior de estas Comunidades. Es bastante evidente que
La ley (canónica) emergió en los primeros tiempos y se desarrolló en respuesta a las necesidades de las Comunidades Eclesiales durante los períodos de luces y sombras de la historia de
Nuestro Señor confió la obra de
Finalmente, esto no debe hacernos olvidar, que
La “Legislación Canónica” es sólo un aspecto de
2-COMPOSICIÓN DE LAS LEYES DE
Dada la justificación de la existencia de la ley canónica, en el capítulo anterior, ahora nos resta definir, en efecto, que es y como está compuesta. La ley eclesiástica, comúnmente llamada ley canónica, es un Sistema Legal emanado desde la sabiduría de los Santos Cánones.
COLECCIONES DE LAS LEYES CANÓNICAS
Los Santos Cánones, los cuales constituyen la base de
A diferencia del Derecho Canónico Católico Romano, las leyes canónicas de
LA TRADICIÓN CANÓNICA
La consideración predominante en la aceptación de la costumbre de una Iglesia Local como ley, es la de mantener el bienestar espiritual entre los miembros del Cuerpo Místico de Cristo, lo cual es de gran importancia para que los fieles de cualquier tiempo y lugar puedan adorar y servir mejor a Nuestro Señor. Esto que obviamente es un gesto bien intencionado de
Es en consideración a este hecho histórico, y debido al surgimiento y crecimiento de muchas costumbres locales, especialmente desde aquel tiempo, que
El consiguiente crecimiento y desarrollo de las costumbres locales que, transcurrido un tiempo, adquirieron fuerza de ley, se debe a la gran flexibilidad de
Un claro ejemplo de legislación local es el Estatuto actual de la “Arquidiócesis Ortodoxa Griega de América”, de acuerdo al Artículo I de dicho Estatuto esta Arquidiócesis es “una Provincia dentro de
CODIFICACIÓN DE
Frente a la aparente disimilitud entre los distintos sistemas legales de las Iglesias Autocéfalas, están los que consideran que una codificación uniforme de las leyes canónicas es una tarea casi imposible de realizar, y que una codificación individual para cada Iglesia es lo mas conveniente y necesario, quienes militan en esta posición, rechazan categóricamente cualquier intento de unificación del Derecho, ya que lo ven como conflictivo con la esencia misma de
No obstante, ambos puntos de vista citados anteriormente, han sido cuestionados por el antiguo Metropolita, ahora Patriarca, Bartolomé de Filadelfia, en su artículo titulado: “Un Código Común para todas las Iglesias Ortodoxas” (Canon I; 45-53 - Viena 1973 -), él, en esa nota recuerda a aquellos que acentuaron la disimilitud entre los diferentes sistemas jurídicos de las Iglesias Autocéfalas, que, dentro de la ortodoxia, son básicamente los mismos; ya que las fuentes mas importantes, son comunes a todas las Iglesias Ortodoxas. Además sostuvo el ahora Patriarca Bartolomé, que “
3-LAS CARACTERISTICAS DE LAS LEYES DE
APLICABILIDAD DE
Cualquier discusión sobre las particularidades de las leyes canónicas deberían necesariamente dirigirse a la pregunta acerca de la aplicabilidad de los Santos Cánones a la realidad actual. Los puntos de vistas expresados sobre este asunto es de vital importancia. Por un lado, están aquellos quienes veneran la letra de los cánones; pero como ya hemos destacado “nadie debe absolutizarlos” Jhon Meyendorff, “Problemas contemporáneos de las leyes canónicas ortodoxas” -The Greek Orthodox Theological Review-. Pero también debemos mencionar a aquellos quienes niegan la relevancia de todo el cuerpo de cánones en su estado actual. Obviamente, ambos puntos de vista son muy estrechos y tienden mas a polarizarse que a buscar una verdadera solución.
A fin de efectuar una reconciliación entre los distintos puntos de vista ya mencionados, la pregunta que primero deberíamos hacer sería la siguiente: Cómo deben ser entendidos los Santos Cánones? Nicholas Afanasiev, en su artículo titulado: “Los cánones de
“Los cánones son un tipo de interpretación canónica de los dogmas para un momento particular en la vida histórica de
Algunas de aquellas leyes beneficiosas, sin embargo, sobrevivieron al propósito por el cual fueron creadas y promulgadas, por ej: Aquellas que están condicionadas por un tiempo histórico; consecuentemente, ellas no pueden expresar una doctrina sin causar alguna distorsión, simplemente, porque ellas fueron promulgadas para otra época y contexto religioso, histórico o cultural. Esto, por supuesto, no debe decirse de todos los cánones, puesto que la mayoría expresan la recta doctrina tan claramente en la actualidad, como cuando fueron adoptados por primera vez en
Es doctrina de
En esto podemos ver que el Canon Apostólico expresó una doctrina concerniente a
SIGNIFICADO PASTORAL DE
Los cánones también deben ser comprendidos como los lineamientos pastorales de
Los Padres cuyos cánones aparecen en nuestras colecciones de Derecho Canónico, no tuvieron escasa influencia sobre el desarrollo y formación de los cánones promulgados en Sínodos posteriores, por lo tanto, la naturaleza pastoral presente en los cánones de los Santos Padres, es mas que evidente. Los cánones suelen ser considerados como “Frutos del Espíritu”, cuyo propósito es asistir al género humano en su camino a
CONCEPTO DE ECONOMÍA
A diferencia de las leyes seculares o de
La derogación de la letra de la ley, por el espíritu de la ley, es la piedra angular de la institución de la “economía”, ejercida únicamente sobre materias que no sean esenciales. A través de la “economía”, la cual es una excepción a la regla general, las consecuencias legales seguidas a la violación de la norma, quedan sin efecto y son levantadas.
La “economía” es concedida por la autoridad eclesiástica competente, y no tiene tanto que ver con una urgencia o necesidad de carácter pastoral, sino, mas bien, con el carácter compasivo de
La “economía” no es algo para ser aplicado al azar o arbitrariamente, su accionar se rige por lineamientos definidos, los cuales deben ser estrictamente observados por la autoridad eclesiástica competente. Primero y principal, no es posible plantear una excepción a una ley de reconocimiento y validez universal, únicamente la excepción puede ser concedida sobre aquellas leyes que no estén dotadas de tal autoridad, es sólo en ese caso que una persona puede ser liberada o eximida de cumplir con esa ley, siempre y cuando se juzgue espiritualmente beneficioso para dicho individuo.
El derecho a ejercer la “economía” es prerrogativa tan solo de los legisladores (Concilio o Santo Sínodo de Obispos). Este derecho, puede a su vez ser delegado a determinados obispos por medio de una autorización del cuerpo sinodal. Esta delegación de funciones, sin embargo, debe manejarse dentro de los límites fijados por los cánones y conforme a la expresa autorización de una autoridad legislativa superior. (ver por ej: el Canon II de Ancyra: “ Asimismo decretamos que los diáconos que hayan ofrecido sacrificios -a los ídolos paganos- y luego reasuman, disfrutarán de algunos de sus honores, pero se abstendrán de todo ministerio sagrado, ninguno de ellos llevará el pan y el cáliz, ni harán proclamaciones; sin embargo, si algún obispo observara en alguno de ellos arrepentimiento en su mente y humildísima disposición, le será lícito al obispo, otorgarle una mayor indulgencia o retirársela” de esto podemos deducir, que la “economía” debe ser tanto mas indulgente, o tanto mas observante de la regla según el caso particular, en consecuencia la “economía” es siempre una desviación de la norma. El ejercicio de la misma cesa automáticamente, si su causa no es justificada, o si la base de aplicación descansa sobre fundamentos falsos.
Una vez que la “economía” fue aplicada, la práctica normativa es restaurada, tal cual, sin modificación alguna. Es muy preciso dejar en claro lo antedicho, una vez finalizada esta situación temporal de excepción a las prácticas normales de
La institución de la “economía” fue bastante invocada a lo largo de la historia de
Aunque la autoridad en el ejercicio de la “economía”, especialmente en materias de gran importancia, descansa sobre el Sínodo de obispos de cada Iglesia Local, esta autoridad, como dijimos antes, puede ser delegada también a algunos obispos en forma individual.
El Sínodo Ecuménico, como administrador supremo del cuerpo legislativo y judicial de
DISCIPLINA CANÓNICA
Desde el ámbito de la conciencia mencionaremos algunas palabras finales respecto a la disciplina canónica. Seguidamente de la confesión sacramental de un penitente, el director espiritual determina los actos penitenciales (Epitimia) que les serán prescriptos. Aquellos actos penitenciales, incluyen mayormente ayunos, postraciones, oraciones, actos de caridad, y en ocasiones muy excepcionales y graves, la excomunión (que es la exclusión temporal del sacramento eucarístico) entre otras penas.
Los actos penitenciales no deben ser confundidos con castigos en reparación a un mal cometido; ellos no deben poseer ningún elemento que denote una intencionalidad de represalia vengativa hacia el pecador; precisamente eso es contrario al espíritu y propósito de la disciplina canónica, ya que esta debe estar siempre dotada de un doble carácter: Pedagógico y Pastoral, es por ello que se busca la corrección y reforma del penitente arrepentido, y por el otro lado, la protección de
Los Santos Cánones, conjuntamente con
En conclusión, podemos afirmar que la función de los Santos Cánones y de